Cambio de residencia fiscal al extranjero

Siempre y en todo momento hay un cliente que me viene con un concepto excelente que se le termina de suceder y me afirma: “Álvaro, eres un letrado fiscalista especialista y sabes bastante del tema y esas cosas, pero yo tengo un concepto excelente "

Si el valor de las acciones o participaciones que tiene ha incrementado sensiblemente, posiblemente deba abonar impuestos sobre las ganancias de capital gracias a la mudanza.

Índice
  1. Puedes mudar tu vivienda fiscal fuera de España y dejar de abonar impuestos en España
  2. ¿Has comunicado a la AEAT que vives fuera de España? Echa una ojeada a estas 5 direcciones.
    1. Baja

Puedes mudar tu vivienda fiscal fuera de España y dejar de abonar impuestos en España

Sí, claro que puedes, pero debes llevarlo a cabo bien.

En los ejemplos que te he puesto lo ves enseguida: debes estudiar la normativa fiscal.

¿Has comunicado a la AEAT que vives fuera de España? Echa una ojeada a estas 5 direcciones.

Tu vivienda fiscal fuera de España es el primer filtro a fin de que Hacienda no te cobre impuestos en España. Es un apunte en el que dejas clarísimo exactamente en qué país puedes gravar.

Dejas claro a las autoridades fiscales, que no tienen idea dónde andas y dónde no, que es tu intención no abonar impuestos en España. Adivina que lo que desea la AEAT es gravarte.

Baja

No olvides pedir la baja en el consulado.

Como ciudadano español siempre y en todo momento puedes empadronarte en el país donde vives, únicamente debes ir al consulado y soliciar que te tramiten el nuevo empadronamiento con la dirección de tu nuevo destino.

Sal del apuro y también comunica a la AEAT antes de irte

Todos y cada uno de los inconvenientes descritos previamente van a desaparecer si informas con cierta antelación a Hacienda de que te marchas a vivir a otro país. En un caso así, Hacienda ahora no requiere que demuestres que no eres habitante fiscal en España, pues la banco de información exhibe que estuviste en el extranjero. Es un trámite simple que puede impedir varios problemas.

El cambio de vivienda fiscal se genera con la presentación del modelo 030 de Hacienda. Así como detalla el Ministerio de Hacienda en una nota informativa publicada en el mes de noviembre de 2017, este formulario es requisito para reportar que no habitamos España y que por consiguiente vamos a pagar nuestros impuestos en otra jurisdicción. Eso debería bastar.

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