No pagar a hacienda es posible

En el momento en que se encontraba en Riga, conocí en lo personal a Ignacio. Otro blogger español que me mencionó que se encontraba en el paso final de no abonar impuestos legalmente en España o en otro rincón.

Tras llegar a la conclusión de que el más destacable país para vivir no era aquel en el que nací, me embarqué en un viaje de sobra de 6 años que no terminó hasta hoy. Sí, en verdad. Conocer a mi familia y amigos en España a lo largo de unos meses por año.

Índice
  1. Revisión de la cuenta de desenlaces
    1. Deudas con Hacienda: Título Ejecutivo
    2. Impuesto sobre Sociedades
    3. ¿Cuál es el importe del pago de las deudas con Hacienda?

Revisión de la cuenta de desenlaces

Asimismo se fijan esos 4 años como período a fin de que Hacienda revise todas y cada una de las cuentas de desenlaces. Este tiempo, por consiguiente, empieza desde la finalización de la campaña del IRPF del año previo.

Este aspecto es esencial, en tanto que los tiempos establecidos tienen la posibilidad de llevar a opinar equivocadamente que el período estándar es de cinco años.

Deudas con Hacienda: Título Ejecutivo

El trámite de ejecución comienza con la notificación al moroso del título ejecutivo, que no es mucho más que la notificación que hace Hacienda al moroso donde detalla el monto adeudado a Hacienda y le da un límite de tiempo para efectuar el pago, advirtiéndole que la carencia de pago en los plazos asignados va a dar rincón a la incautación de sus recursos.

El trámite de ejecución comienza en el momento en que vencen los recargos reducidos y regulares. Se necesita el recargo del diez% (rebajado) si la deuda se paga en el período señalado en la orden de ejecución sin cobrar intereses moratorios. Por su lado, se demandará un recargo del 20% (ordinario) si la deuda no es pagada en el período señalado en la declaración de urgencia, debiéndose asimismo los intereses devengados desde el principio del período de ejecución. como el valor del trámite. .

Impuesto sobre Sociedades

En el Impuesto sobre Sociedades es imposible pedir pagos fraccionados cada tres meses (modelo 202). Sin embargo, puede fraccionar el pago de la declaración de forma anual (modelo 200).

Como ahora vimos, el pago trimestral del Impuesto sobre Sociedades no es aplazable. Pero tampoco se puede pedir el pago de las deudas derivadas de:

¿Cuál es el importe del pago de las deudas con Hacienda?

En el importe de pago de las deudas con Hacienda, hay 3 proporciones que debemos devolver:

  • Tasa pertinente.
  • Multas por la deuda contraída.
  • Intereses (incluyendo los intereses de demora por impago o demora en el pago).

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