¿Cuánto tiempo tengo que vivir fuera de España para no pagar impuestos?

Los clientes del servicio con frecuencia nos dicen "No estoy sujeto a impuestos en ninguna parte". Error grave meditar que no eres habitante fiscal, por el hecho de que por lo menos lo aguardamos, las autoridades fiscales españolas, o de algún otro país, tienen la posibilidad de reclamarnos impuestos como habitantes, sabiendo que es práctica frecuente tener una 4 - anualmente, que alguien reclame tus estados de cuenta de los últimos 4 años por todos tus capital mundiales puede representar una cantidad importante de dinero, mucho más intereses e inclusive multas por esconder información.

¿Cuándo considera España que un individuo física es habitante fiscal en este país? La contestación puede ser dificultosa en ciertos casos, pero intentaremos arrojar luz sobre esta cuestión. Hay precisamente tres criterios:

Índice
  1. ¿Qué debe llevar a cabo el ciudadano no habitante?
    1. Mantenerse en España mucho más de 183 días por año

¿Qué debe llevar a cabo el ciudadano no habitante?

El tipo impositivo que se aplica a los ciudadanos no habitantes por la venta de un inmueble es del 19%. Va a deber enseñar la declaración en el modelo 210 en un período máximo de tres meses. El período empieza en el momento en que el cliente muestra el Modelo 211.

El cliente va a deber dar una copia del modelo 211 al vendedor a fin de que este logre descontar el 3% del valor de la venta. En el momento en que el monto retenido sobrepasa el monto a abonar, el vendedor puede pedir la devolución del deducible.

Para entender precisamente qué impuestos concretos vas a pagar como extranjero en España y cuál va a ser su importe, primero has de saber si eres habitante fiscal o no.

Esta distinción, como afirmábamos, es de carácter puramente fiscal y no guarda relación con el permiso de vivienda que consigas requerir para residir legalmente en el país.

Mantenerse en España mucho más de 183 días por año

Esta es la regla mucho más aplicada y la más esencial. Si en el final del año (incluyendo el año natural, de enero a diciembre) sumas todos y cada uno de los días que has estado en España y son mucho más de 183, eres habitante fiscal. Además de esto, no es requisito que estos días sean sucesivos, el cálculo lo haces separadamente. Tenga presente que la sepa temporal no cuenta. Esto es, si te marchas de viaje un fin de semana, por poner un ejemplo, o te marchas de vacaciones medio mes, esos días proseguirán contando como el tiempo que has vivido en España, con exactamente el mismo peso para el total de 183 días.

  • Impuesto sobre la Renta de no Habitantes
  • Impuesto sobre el Patrimonio
    • Te beneficiarás del Convenio para la Doble Imposición con España

      El IRNR es un impuesto que tienes que declarar en el momento en que tienes recursos en España y no vives de manera permanente y no tienes vivienda fiscal. Aun si este es la situacion, asimismo debe declarar su propiedad o activo a las autoridades fiscales españolas y abonar impuestos sobre él.

      Es de forma anual, se muestra entre el 1 de mayo y el 30 de junio sobre la renta del año previo y se paga antes del 31 de diciembre. En España, el ejercicio fiscal coincide con el año natural de enero a diciembre.

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