Qué banco permite abrir cuenta con pasaporte
Actualmente muchas son las personas que vienen a España como turistas y deciden quedarse sin tener antes un espacio aprobado para quedarse.
La gente en esta situación comunmente están en situación irregular y se limitan a efectuar ciertas ocupaciones en España, así como: derecho al trabajo, derecho a un médico, derecho a cotizar a la Seguridad Popular. Etcétera.
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Un tema fundamental que todo ciudadano extranjero valora en el momento de abrir una cuenta bancaria es la oportunidad de mandar dinero a su país mandando comisiones.
Con la Cuenta Smile puedes transladar dinero de manera rápida, segura y económica. Solo precisas 5 minutos y 3 clicks y puedes llevarlo a cabo cualquier ocasión, todos los 365 días del año.
Los 6 Mejores Bancos para Extranjeros en España
En el momento de escoger un banco en España, es posible que sientas que no tienes bastante información, conque hicimos una lista con los más destacados bancos para extranjeros en España.
Wise es una enorme opción, cien% en línea, perfecto para personas que no solo desean tener una cuenta corriente en España, sino asimismo precisan una cuenta en otras unas partes del planeta, como Europa o América. Cuando cree una cuenta, va a tener ingreso a una cuenta multidivisa que puede emplear como mejor le parezca.
¿Qué otros documentos debo enseñar?
Para abrir una cuenta corriente como no habitante, requerimos los próximos documentos oficiales o acreditativos:
- Pasaporte y certificado de no habitante.
- Un archivo que confirme nuestro paradero físico, que logre contrastar nuestra dirección. Para esto tenemos la posibilidad de tener una factura de un servicio domiciliado o de un extracto bancario, en el que consten nuestros apuntes y dirección. Estos documentos han de ser recientes, emitidos en los últimos 3 meses.
- Un archivo que verifica nuestra situación laboral de hoy. Tenemos la posibilidad de proveer un comprobante de capital por mes, una nómina, una declaración de impuestos o una declaración oficial de desempleo.
El apartado 3 del producto 54 queda de esta forma:
3. La exigencia de esta cantidad va a poder reducirse en el momento en que el familiar reagrupable sea individuo que aún no ha alcanzado la edad adulta, en el momento en que se hayan reconocido situaciones inusuales que justificar esta reducción aconsejar en base al comienzo del interés superior del menor, así como establece la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, y el resto requisitos legales y normativos para la concesión de una autorización de vivienda para asamblea familiar.
¿Cuáles son los principios del producto 53.c) yd)?
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