¿Cómo facturar de Andorra a España?

Frecuentemente no entendemos facturar entre Andorra y los países vecinos, y si no, perdemos dinero!!! En TempusAsesores deseamos guiarte pues facturas adecuadamente en España y Francia, pero asimismo por el hecho de que no pagas los impuestos de los países vecinos que son muy superiores a los de Andorra.

Por una parte contamos el IGI, que es como el IVA español o francés y por otra parte el IRNR que es el Impuesto sobre la Renta de no Habitantes.

Índice
  1. Factura Andorra desde España
  2. Competidores de prominente nivel
  3. ¿De qué manera facturar desde España a Andorra?
    1. Si es una compañía andorrana la que compra recursos o servicios, posiblemente debamos lidiar con los próximos teóricos:

Factura Andorra desde España

Como en la situacion previo, debemos distinguir entre recursos andorranos y servicios facturados en España:

  • Recursos: nuestro distribuidor no va a poder cobrar impuestos en esta factura. Si bien, como en la situacion previo, en el DUA (archivo aduanero) se especificarán los impuestos ajustables en Andorra. Tal y como si fuera una compañía de ese país, el DUA se transforma en el registro de factura a emplear en la contabilidad.
  • Servicios: Hasta la entrada en vigor de los Convenios para la Doble Imposición (CDI), las compañías en Andorra debían utilizar el IRNR de la factura y proseguir las normas para introducirlo en Hacienda. En un caso así, la compañía de españa podría deducirlo del Impuesto sobre Sociedades. Actualmente por el momento no es requisito continuar estas normas, por el hecho de que la factura de españa es sin IVA y sin deducción de IRNR. Esto se origina por que está claro que el servicio se prestó en Andorra.

Competidores de prominente nivel

Un enorme elenco de expertos de la industria y compañías líderes se unen para cambiar el planeta de la tecnología. Entre ellos están:

  • Uri Sabat de Criptan.
  • Lauri de Metaverso.
  • Pepe Folache de Bclever.

¿De qué manera facturar desde España a Andorra?

¿Qué impuestos se tienen que integrar en una factura emitida en España a un cliente en Andorra? Se considera exportación la venta de recursos y mercancías desde España a Andorra. Por consiguiente, la factura no debe integrar el IVA español (21%) y el cliente andorrano solo va a pagar el IGI (4,5%) y los impuestos de importación que aparecen en el Archivo Único Administrativo (DUA).

¿Qué ocurre con las compañías o autónomos españoles que prestan un servicio a un cliente andorrano? En estas situaciones, la factura tampoco incluirá el IVA español, puesto que el servicio se comprenderá prestado en territorio andorrano. Además de esto, merced a los convenios de doble imposición, no va a ser preciso utilizar la retención del IRNR.

Si es una compañía andorrana la que compra recursos o servicios, posiblemente debamos lidiar con los próximos teóricos:

  • Importación de recursos: Las facturas de distribuidores extranjeros han de estar libres de impuestos . Además de esto, ha de estar en posesión del archivo de importación (DUA) que justifique el pago preciso de los impuestos de importación. Los porcentajes a utilizar son exactamente los mismos que si hubiésemos comprado la mercancía en Andorra, pero con la peculiaridad de que se detallan en este archivo.
  • Servicios prestados por compañías españolas a compañías en Andorra: Este sería la situacion, por servirnos de un ejemplo, de un consultor informático que presta sus servicios desde su sede en Barcelona a una compañía en Andorra la Vella. Para facturar servicios a Andorra, al considerarse que el servicio se presta en Andorra, no se facturará con IVA. Desde el cambio de normativa no se aplica retención del IRNR en este género de servicios entre Andorra y España/Francia.
  • Exportación de Mercancías: La factura de venta ha de estar exenta de impuestos y el género de impuesto aplicable en el país de destino se señala al instante de declarar la exportación en la aduana. Asimismo vamos a contar con un archivo aduanero de exportación que justifique la adecuada transacción y app de los impuestos.
  • Servicio prestado por una compañía andorrana a una compañía de españa: en un caso así no aplicamos el IGI por la venta de servicios a la factura. En este momento con el CDI (Convenio para la Doble Imposición), este sistema paga de forma exclusiva en Andorra sin deducción.

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